Si no hay conductor, ¿cómo se ayuda a los usuarios con necesidades especiales?
Desde junio de 2025 la ley europea de accesibilidad se aplica al transporte de viajeros, según el servicio. Auditamos el viaje completo con personas usuarias expertas y te entregamos qué corregir y en qué orden.
Te suena si
- Tu aplicación cumple, pero no has probado la recogida, el embarque ni la incidencia con personas con discapacidad.
- Tu cliente, el ayuntamiento o el regulador empieza a preguntarte por la accesibilidad.
- No sabes si la Ley 11/2023 o la Directiva 2019/882 te afectan según tu tipo de servicio.
- Tu piloto está parado y no sabes si la accesibilidad es una parte del motivo.
Qué cambia sin conductor
Con conductor
- Despliega la rampa.
- Anuncia la parada.
- Localiza al pasajero.
- Gestiona cualquier incidencia.
Sin conductor, tu servicio debe
- Detectar y desplegar la rampa.
- Informar por un canal accesible.
- Hacer el punto de recogida localizable.
- Tener un protocolo de incidencia autónomo.
Si se deja para tarde
Una app accesible no basta. Si falla la parada, el interior o la incidencia, falla el servicio, y aumenta el riesgo de problemas con la autorización antes de ponerlo en marcha.
Cómo lo hacemos: el viaje completo, en cuatro momentos
- Reserva y aplicación: lo analizamos con EN 301 549 y WCAG 2.2 AA.
- Recogida, embarque y bajada: lo revisamos con expertos y usuarios.
- Interior del vehículo: lo revisamos con expertos y usuarios.
- Incidencia y emergencia: estudiamos el protocolo y lo ponemos a prueba.
Damos prioridad a evaluadores expertos con algún tipo de discapacidad.
Qué recibes: cuatro formatos, con alcance cerrado
- A, servicio completo: vehículo, parada, aplicación e incidencias. De 8 a 12 semanas.
- B, auditoría digital: web, aplicación y billete según EN 301 549. De 3 a 4 semanas.
- C, nueva revisión anual: comprobación de las correcciones. De 1 a 2 semanas.
- D, formación: EN 301 549 para equipos técnicos y de contratación. Una jornada.
Siempre un informe en formato accesible, con un resumen breve para dirección y para el órgano de contratación, y un plan de acción con lo que corregir y en qué orden.
Por qué AEVAC
- Nuestro presidente y cofundador es una persona ciega: la accesibilidad no es un servicio más, es la razón de ser de la asociación.
- Entendemos el vehículo, la conectividad y la nube, no solo la aplicación.
- Participamos en SELFY liderando estandarización y ciencias sociales, y en 5G-MOBIX como parte neutral.
- Marco que aplicamos: Directiva 2019/882, EN 301 549, WCAG, Ley 11/2023.
Dudas habituales
¿Mi servicio está obligado?
Depende del tipo de servicio. Lo estudiamos contigo.
¿Cómo sé qué incluye cada formato?
Cada uno tiene alcance cerrado y plazo, y te decimos cuál encaja con tu servicio.
¿Me vale para una licitación o para mi autorización?
El informe incluye un resumen pensado para el órgano de contratación.